Preguntas frecuentes

 

¿Qué tipo de bienes administran?

INCABIDE tiene la administración y custodia de bienes muebles e inmuebles incautados, decomisados, abandonados y en extinción de dominio.

¿Cómo puedo pedir información sobre los bienes bajo custodia en la institución?

A través de nuestra Oficina de Acceso a la Información Pública, de conformidad con la Ley 200-04 y su reglamento de aplicación. Toda inquietud puede ser  canalizada vía el Portal Único de Acceso a la Información Pública, a través del siguiente formulario: https://saip.gob.do/apps/sip/?step=two

¿Dónde puedo ver los bienes que tienen en administración?

A través de nuestro portal, en la sección Transparencia, los ciudadanos pueden obtener información sobre bienes bajo nuestra administración.

¿Cómo puedo comprar bienes decomisados?

A través de subasta pública realizada por la institución, es el medio por el cual los ciudadanos podrán adquirir bienes decomisados administrados por esta institución y cumpliendo con los requisitos de los artículos de la Ley 60-23.

¿Cada qué tiempo realizan subastas?

De acuerdo a la Ley 60-23 cada 6 meses el INCABIDE realizará subasta de los bienes decomisados o extinguidos, que se encuentran bajo custodia.

¿Cómo participar en una subasta?

Todo ciudadano interesado en participar en subastas públicas realizadas por esta institución debe acudir a las oficinas del INCABIDE a inscribirse, previa publicación, en el Registro de Oferente o Interesado y cumplir con los requisitos descritos en los términos de referencia elaborados para cada caso.

¿Cómo puedo ver los inmuebles a subastar?

Luego de ser anunciada la licitación, para poner en venta bienes inmuebles que están bajo la custodia de este instituto, de conformidad con lo establecido en los artículos 45 y 48 de la Ley Núm. 60-23, cualquier ciudadano o persona moral podrán participar de dicha licitación, a los fines de adquirir cualquier inmueble. Los interesados podrán visitar los inmuebles de acuerdo al calendario preestablecido.

¿Por cuál vía se da a conocer que el INCABIDE realizará subastas?

La misma será anunciada mediante espacio pagado en un periódico de circulación nacional, así como en nuestras redes sociales @INCABIDE en Instagram y @INCABIDErd, en X antiguo Twitter, de conformidad con lo establecido en la Ley 60-23, y demás leyes y reglamentos.

¿Dónde puedo ver los bienes decomisados que tiene ese instituto?

Con relación a los inmuebles decomisados, todo interesado puede acceder al siguiente enlace: https://incabide.gob.do/transparencia/index.php/datos-abiertos en el mismo encontrarán el listado detallado de los inmuebles decomisados que están bajo la administración del INCABIDE.

¿Cuáles son los requisitos para arrendar bienes inmuebles que se encuentran bajo la administración de ese instituto?

El ciudadano que aplique para el alquiler de un inmueble en custodia debe completar los siguientes requisitos:

1- Firma Contrato de Arrendamiento entre las partes.

 2- Copia cédula del posible o posibles arrendatarios.

3- Certificación de ingreso.

4- Carta de buena conducta dada por la Procuraduría General de la República.

5- Copia de acta de matrimonio o un acto notarial de convivencia (si es una pareja).

6- Una Declaración jurada que contenga lo siguiente:

A) -Que se declare que el o los arrendatarios no tienen ninguna relación con ningún empleado del Instituto Nacional de Custodia y Administración de Bienes Incautados, Decomisados y en Extinción de Dominio (INCABIDE).

B) Que se declaren cuántos hijos tienen (en casos de una pareja).

C) Estados de cuenta corriente y de ahorros.

D) Autorización al Instituto Nacional de Custodia y Administración de Bienes Incautados, Decomisados y en Extinción de Dominio (INCABIDE), para utilización de búsqueda en Data Crédito.

 ¿Quiénes pueden pedir un inmueble bajo el acuerdo de Comodato?

En los casos que un órgano o ente del Estado dominicano, órgano constitucional, ONG, entre otros, necesite cualquier tipo de bien bajo custodia del INCABIDE, el Consejo Directivo de la institución estudiará la viabilidad y en los casos de contar con la aprobación pertinente se le otorgara el uso del inmueble a dicha institución mediante un contrato de Comodato. La ley no permite el préstamo de inmuebles a personas físicas.

 ¿Qué tipos de bienes aplican para venta anticipada?

La Ley 60-23 permite que se puedan vender, mediante la venta anticipada, los bienes semovientes (animales) y bienes perecederos (alimentos) ya que pueden perder valor por el paso del tiempo o dañarse.

 ¿Quién se encarga de incautar los bienes?

El Ministerio Público es el facultado por la Ley para hacer las incautaciones. El INCABIDE únicamente es el guardián y administrador de los mismos.

 ¿Cómo se validan los bienes incautados recibidos por el INCABIDE?

Los bienes recibidos por este instituto se validan mediante procesos o políticas de traspaso. Se utilizan para dicha validación Manuales de Funcionamiento, en el cual se valida lo recibido y el estado del mismo al momento de ser recibido.

 ¿Dónde se guardan los bienes incautados?

Los bienes bajo la custodia de esta institución se guardan en almacenes, en bóvedas, en warehouses, entre otros lugares según sea necesario.

¿Qué servicios ofrecen?

INCABIDE es un órgano que tiene como misión la custodia, conservación y administración de los bienes incautados, decomisados, secuestrados y en extinción de dominio, por consiguiente, en nuestras actividades legales no está la prestación directa de servicios a las personas, de acuerdo al Art. 147 de la Constitución de la República Dominicana.